Restricción en Europa:
Concentración máxima autorizada: 7% en cremas faciales.
Esta restricción se aplicará a partir del 1 de febrero de 2025 para los nuevos productos comercializados y a partir del 1 de noviembre de 2025 para todos los productos.
Sus funciones (INCI)
Antioxidante : Inhibe las reacciones favorecidas por el oxígeno, evitando así la oxidación y la rancidez
Agente aclarante : Aclara las tonalidades del cabello y de la tez
Agente para el cuidado de la piel - Varios : Mejorar la apariencia de la piel seca y/o dañada reduciendo la descamación y devolviéndole su flexibilidad.
Este ingrediente está presente en el 0.14% de los cosméticos.